El Gobierno italiano convoca un concurso para adjudicar tres licencias de TDT

Massmedia Assistants entiende que el paso dado por el Gobierno italiano es muy positivo, y evidencia la existencia de una fiscalización activa de este tipo de procedimientos por la Comisión Europea, que refuerza la línea jurisprudencial de nuestro Tribunal Supremo

El Ministro para el Desarrollo Económico Italiano ha anunciado que el Gobierno sacará a concurso la adjudicación de tres licencias para emitir en TDT en ámbito nacional, licencias que garantizan una cobertura de entre el 90% y el 96% del total del territorio transalpino.

La característica más interesante del concurso convocado por el Ejecutivo italiano radica en las limitaciones para licitar al concurso que impone a los grandes operadores del país. Así, los grupos que ya posean dos múltiplex no podrán licitar por la totalidad de las licencias, mientras que los grandes operadores nacionales con tres o más múltiplex tendrán prohibida su participación. De este modo, el Gobierno tan solo permite aspirar a la totalidad de las licencias ofertadas a pequeños operadores.

Para entender los condicionantes que ha establecido el ejecutivo italiano al concurso recién convocado hay que remontarse al año 2008, cuando el Tribunal de Justicia de la UE dictó una Sentencia el día 31 de enero por la que declaraba contraria a las Directivas una normativa italiana que limitaba el acceso a nuevas licencias de TDT exclusivamente a los operadores ya establecidos.

Aquella Sentencia ha servido para que la Comisión Europea haya supervisado todas las decisiones tomadas desde entonces por el Gobierno italiano en lo relativo a nuevas concesiones audiovisuales, decisiones que han culminado con la convocatoria de un concurso en el que se favorecerá a los pequeños operadores que quieran entrar en el mercado, y se penalizará a los ya implantados.

El caso italiano no es el único, pues la Comisión Europea decidió en 2013 denunciar ante el Tribunal de Justicia de la UE a Bulgaria por adjudicar licencias audiovisuales mediante la convocatoria de un concurso cuyos criterios de resolución se consideraron contrarios a las Directivas. En ambos casos, los dos Estados quisieron adjudicar los nuevos canales que la nueva tecnología propiciaba a los agentes ya implantados en el mercado, evitando su apertura a nueva competencia.

Ambos casos son perfectamente extrapolables a la situación que se vive actualmente en España, en la que gracias a un recurso planteado por Massmedia Assistants en representación de su cliente Infraestructuras y Gestión 2002, S.L., logró que en diciembre de 2012 el Tribunal Supremo anulara la adjudicación de 9 canales de TDT de ámbito nacional por haber sido concedidas sin concurso, Sentencia refrendada mediante Auto de Ejecución del propio Tribunal Supremo dictado en diciembre de 2013, que urge al Gobierno a cerrar los referidos 9 canales, respecto del cual el Gobierno aún no ha procedido a ejecutar.

Una vez el Gobierno ejecute el fallo del Tribunal Supremo y ordene el cese de emisiones de los referidos canales, tendrá la obligación de convocar nuevos concursos para la adjudicación de la totalidad de los canales anulados, precisamente por no haberse otorgado mediante concurso público. Sin duda desde Bruselas se fiscalizará la convocatoria y resolución de dichos concursos y velará, como ha hecho en Italia y Bulgaria, porque el proceso de adjudicación sea, tal y como exigen las Directivas, transparente, no discriminatorio, proporcionado y basado en criterios objetivos, debiendo primar, además, el acceso al mercado a nuevos operadores para evitar la fosilización del mismo mediante la entrega de nuevas licencias, aunque sea indirectamente, a los operadores que monopolizan actualmente el sector.

Massmedia Assistants entiende que el paso dado por el Gobierno italiano es muy positivo, y evidencia la existencia de una fiscalización activa de este tipo de procedimientos por la Comisión Europea, que refuerza la línea jurisprudencial de nuestro Tribunal Supremo, tendente a garantizar que en España los concursos públicos se hagan respetando los principios de objetividad, transparencia y no discriminación que marcan las Directivas comunitarias.

Para Massmedia Assistans, el nuevo escenario legal implantado por la Ley General Audiovisual de 2010 y el cambio de criterio jurisprudencial adoptado por el Tribunal Supremo en la referida sentencia de diciembre de 2012 que acaba con el carácter de servicio público esencial de la radio y televisión y su consiguiente régimen de explotación concesional por particulares, pondrá fin al abusivo margen discrecional con que los distintos Ejecutivos, nacionales y autonómicos, han venido resolviendo tradicionalmente los preceptivos concursos para la adjudicación de dichos servicios de radio y televisión, pues los tribunales fiscalizarán mucho más fácilmente la actuación administrativa al poder excluir de plano criterios subjetivos a la hora de valorar las ofertas de los licitadores.

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